dissabte, 30 d’abril del 2016

Lecciones de Derecho Urbanístico

Lecciones de Derecho Urbanístico

Autores: Eduardo Garcia de Enterría y Luciano Parejo Alfonso.
Editorial Civitas. 2ª edición 1981

El libro es el resultado de la enseñanza profesada en la Universidad Complutense de Madrid sobre Derecho Urbanístico, dentro de la disciplina del Derecho Administrativo. Fruto de una larga elaboración en la cátedra, ha cuajado en una exposición sistemática alrededor de un esquema institucional claro», del complejo contenido en esa nueva rama del Derecho, ahora llamada Derecho urbanístico. Así, se nos ofrece en realidad un excelente Tratado de este nuevo Derecho.
La obra se divide en dos títulos o partes. El primero, denominado Introducción, comienza 'justificando la existencia de la regulación urbanística, con su drástico intervencionismo administrativo. diciéndonos del urbanismo como solución: «no sólo de él depende el logro de una vida colectiva digna, también, en gran medida, la misma conservación de la vida humana, que en su
fase actual de relación con el espacio amenaza con destruir la biosfera terrestre, con llegar al planeta vacío». 
En seguida se nos ofrece una visión sucinta y cuidada del curso histórico de lo urbano, desde la ciudad antigua a las actuales metrópolis, con el correlativo aumento de Jos poderes burocráticos a costa de la libertad de los particulares. En esta relación se destaca el estudio sobre la formación del Derecho Urbanístico en España, que se cierra con la referencia a la Ley sobre Régimen  del Suelo y Ordenación Urbana, de 12 marzo 1956; la que se califica de «obra notablemente original, de calidad técnica poco común, que acierta a proponer unos criterios materiales y unos instrumentos jurídicos bien configurados, para los que carecíamos de preparación suficiente anterior» ... «Sin hipérbole, puede y debe decirse que la L. S. constituye un logro excepcional en nuestra moderna política legislativa». Ello no obstante, dicha Ley ha sido objeto de importantes modificaciones por la Ley de Reforma de 2 de mayo de 1975, aprobándose el texto refundido de la Ley del Suelo por R. D. de 9 abril 1976. 
El tercer y último capítulo de la Introducción tiene por materia la Organización administrativa del urbanismo. El urbanismo se concibe como una función pública cuyo ejercicio puede llevar consigo el despojar a ciertos propietarios de los derechos que le están atribuidos por el Derecho civil (arts. 348 y 355 C. c.); función ql:le se pone en manos de los municipios y de ciertos órganos del Estado. La publicación de la Constitución plantea ahora
la cuestión de! alcance de la respectiva competencia, en materia de urbanismo, de las Comunidades Autónomas. Los Autores entienden que aunque «la Constitución regionaliza por entero la materia urbanística "ello" no debe significar, sin embargo, un desapoderamiento total del Estado», enumerando siete razones en apoyo de su aserto (p. 103-104). Después de una referencia a una posible intervención de los afectados por la ordenación urbana, se trata de cada uno de los órganos a los que se encomienda la función urbanística. 

Características :
Formato: Cartoné
Altura: 245 mm. Anchura: 175 mm. Grosor: 48 mm.
Páginas: 912  Peso: 1.441 gr.
Estado: Muy bueno, sin señales de uso ni desgaste.
Hay un sello de exlibris.

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